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Certificado Energético

Deducción en el IRPF por la mejora energética

Vanessa Abajas 2022-09-27


El Gobierno aprobó el pasado año una serie de medidas para impulsar la rehabilitación energética de los edificios. La intención es cumplir con los retos nacionales y las exigencias de la Unión Europea referentes a la Eficiencia Energética.

Estas medidas, que se recogen en el Real Decreto-ley 19/2021, se basan en deducciones en el Impuesto de la Renta para aquellos propietarios que decidan mejorar la Eficiencia Energética de sus viviendas.

¿En qué han de consistir las medidas de mejora energética?

Las mejoras energéticas de las viviendas pueden consistir en la colocación de placas solares fotovoltaicas o en cualquier otro sistema que consiga mejorar la eficiencia energética de la vivienda o reduzca su consumo energético.

¿Cómo se demuestra la mejora energética de una vivienda?

El documento que acredita la mejora de la eficiencia energética de una vivienda es el Certificado Energético. Un técnico competente redactará un Certificado antes de las mejoras y otro Certificado posterior a ellas. Comparando el resultado de ambos Certificados se podrá demostrar y cuantificar la mejora practicada.

El Certificado de Eficiencia Energética realizado antes de las mejoras energéticas solo será válido si no han transcurrido más de dos años entre la expedición del Certificado y el inicio de la realización las mejoras. Esto comporta que una vivienda podrá tener un Certificado Energético en vigor pero que, a efectos de solicitar la deducción en la Renta, solo servirá si se ha expedido en los dos años previos al inicio de las mejoras.

¿Qué tipo de inmuebles podrán beneficiarse de las deducciones?

El propietario de una vivienda podrá aplicar la deducción en la Renta en las siguientes situaciones:

  • Cuando se trate de su vivienda habitual.
  • Cuando se trate de cualquier otra vivienda de su titularidad que tuviera arrendada para uso de vivienda en ese momento.
  • Si el propietario tiene intenciones de poner una vivienda en alquiler y ésta se alquila antes del 31 de diciembre de 2023.

No darán derecho a deducción las obras realizadas en partes de vivienda afectas a actividad económica, plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas, instalaciones deportivas o similares.

¿Cuánto deben realizarse las mejoras para poder ser deducidas?

Para acceder a la deducción, cualquier tipo de mejora energética en el inmueble debe realizarse entre el 6 octubre 2021 hasta 31 diciembre 2022.

En el caso de que las obras de mejora se realicen en un edificio de viviendas, el plazo se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023.

El Certificado Energético posterior a las mejoras deberá ser expedido antes del 1 de enero de 2023. En el caso de edificios, el plazo máximo del Certificado Energético será el 1 de enero de 2024.

¿Cuándo se realiza la deducción en la Renta?

Se practicará en el período impositivo en el que se expida el Certificado de Eficiencia Energética emitido después de la realización de las obras.

Cuando el certificado se expida el año siguiente a la realización de las obras de mejora, la deducción se practicará en este último. Por ejemplo, si las obras de mejora se realizaron en 2021 y el certificado energético se realizó en 2022, la deducción se aplicará en la Renta de 2022.

¿Cuál será la cantidad deducida?

La cantidad deducida no será el total del gasto invertido en la mejora, sino un porcentaje que dependerá de varios factores.

Tipos de deducciones

  • Deducción del 20% en el IRPF por la inversión en mejora energética

Tipo de mejora: Reducción de la demanda de calefacción y refrigeración.

Cantidad máxima a deducir: 5.000€ anuales.

Requisito: Se aplicará la deducción si se ha reducido en al menos un 7 por ciento la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda.

  • Deducción del 40% en el IRPF por la inversión en mejora energética

Tipo de mejora: Obras realizadas para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable.

Cantidad máxima a deducir: 7500€ anuales.

Requisito: Se aplicará la deducción cuando se reduzca en al menos un 30 por ciento el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien, se consiga una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B»

  • Deducción del 60% en el IRPF por la inversión en mejora energética

Tipo de mejora: Obras de rehabilitación energética realizadas para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable de un edificio en su mayoría de viviendas.

Cantidad máxima a deducir: 5000€ anuales. Las cantidades satisfechas no deducidas por exceder de la base máxima anual de deducción podrán deducirse, con el mismo límite, en los cuatro ejercicios siguientes, sin que en ningún caso la base acumulada de la deducción pueda exceder de 15.000 euros.

Requisito: Se aplicará la deducción cuando se reduzca en al menos un 30 por ciento el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien, se consiga una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B»

¿Se podrán aplicar varios tipos de deducciones?

No, el propietario de una vivienda solamente uno de los tres tipos de deducción. Por ejemplo, un propietario ha realizado mejoras energéticas en su vivienda reduciendo por encima de un 7 por ciento los indicadores de calefacción y refrigeración. Además, también ha reducido más de un 30 por ciento el consumo de energía primaria no renovable. En principio, el propietario tiene derecho a las deducciones del 20 por ciento y del 40 por ciento, pero según el decreto, solamente podrá solicitar un de los dos tipos de deducción.

De igual forma, cuando la mejora energética se realiza en un edificio, el consumo de energía primaria no renovable se reduce tanto para el conjunto del edificio como para cada vivienda de forma individual. Cada propietario deberá decidir qué tipo de deducción querrá solicitar, la del 40 por ciento o la del 60 por ciento. Obviamente, cualquier propietario escogerá aquella que le aporte más beneficios.

¿Qué gastos son deducibles?

Son deducibles las obras realizadas y todos aquellos gastos necesarios para su ejecución, incluyendo los honorarios profesionales, costes de redacción de proyectos técnicos, dirección de obras, coste de ejecución de obras o instalaciones, inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para su desarrollo, así como la emisión de los correspondientes certificados de eficiencia energética.

No se considerarán en dichas cantidades los costes relativos a la instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil.


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